La legalización es un acto administrativo por el que se otorga validez a un documento público extranjero, comprobando la autenticidad de la firma puesta en un documento y la calidad en que la autoridad firmante del documento ha actuado.
¿Qué documentos se deben legalizar?
- Títulos Académicos
- Certificados académicos
- Suplemento Europeo al Título (Sólo para alumnos europeos)
El alumno debe acudir con los originales al Ministerio de Educación-Exteriores para legalizar.
Según el Estado de procedencia de los documentos, los trámites necesarios para su legalización (y por lo tanto, para que sean válidos en el Estado Español) serán diferentes en función de si existe o no algún convenio internacional aplicable:
- Si cualquiera de los documentos presentados figura en una lengua diferente al español, deberá aportarse traducción jurada.
COMUNIDAD EEE (ESTADOS DEL ESPACIO EUROPEO) Y SUIZA
No se exige ningún tipo de legalización para los documentos expedidos en cualquiera de los Estados del Espacio Europeo (EEE): Países Bajos, Bélgica, Bulgaria, España, Irlanda, Reino Unido (Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte y Gibraltar), Italia, Austria, Grecia, Chipre, Croacia, Lituania, Letonia, Luxemburgo, Malta, Portugal, Polonia, Francia, Rumanía, Suecia, Alemania, Eslovaquia, Eslovenia, Finlandia, Dinamarca, República Checa, Hungría, Estonia, Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza.
PAISES QUE HAYAN SUSCRITO EL CONVENIO DE LA HAYA
Legalización con apostilla extendida por las autoridades competentes del país. El reconocimiento y la apostilla deben figurar en el documento original, antes de hacer la copia que se vaya a compulsar.
El trámite de apostilla consiste en colocar sobre un documento público, o una prolongación del mismo, una apostilla o anotación que certificará la autenticidad de la firma de los documentos públicos expedidos en un país firmante del XII Convenio de La Haya, de 5 de octubre de 1961, por el que se suprime la exigencia de legalización de los documentos públicos extranjeros que deban surtir efectos en otro país firmante del mismo.
¿Cómo obtener la apostilla?
Los procedimientos pueden ser distintos según el país de origen, pero generalmente, el proceso implica los siguientes trámites:
- Reconocimiento de la firma de los certificados o títulos expedidos por parte de la Universidad de origen.
- A continuación, la persona interesada se dirigirá con los documentos originales a la autoridad competente en su país (generalmente, el Ministerio de Educación), quien reconocerá las firmas anteriores.
- Una vez obtenida la diligencia de reconocimiento de firmas, el/la interesado/a deberá dirigirse a la autoridad competente en legalizaciones para que le extienda la correspondiente apostilla de La Haya.
Los países miembros del convenio de la Haya:
Albania, Alemania, Andorra, Antigua y Barbuda, Antillas Holandesas, Argentina, Armenia, Australia, Austria, Azerbaiyán, Bahamas, Barbados, Bielorrusia, Bélgica, Belice, Bermuda, Bosnia-Herzegovina, Botsuana, Brunei, Bulgaria, Cabo Verde, Colombia, Islas Cook, Corea del Sur, Croacia, Chipre, República Checa, Dinamarca, Dominica, República Dominicana, Ecuador, El Salvador, Eslovaquia, España, Estados Unidos de América, Estonia, Fiji, Finlandia, Francia, Georgia, Grecia, Granada, Honduras, Hong Kong, Hungría, India, Islandia, Irlanda, Israel, Italia, Japón, Kazajstán, Lesoto, Letonia, Liberia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malawi, Malta, Islas Marshall, Macao, Mauricio, México, Moldova, Mónaco, Montenegro, Namibia, Nueva Zelanda, Niue, Noruega, Países Bajos, Panamá, Perú, Polonia, Portugal, Reino Unido (UK) e Irlanda del Norte, Rumanía, Federación Rusa, Saint Kitts y Nevis, Santa Lucía, San Marteen, San Vicente y las Granadinas, Samoa, San Marino, Serbia, Sudáfrica, Surinam, Suecia, Suiza, Antigua República Yugoslava de Macedonia, Tonga, Trinidad y Tobago, Turquía, Ucrania, Vaticano y Venezuela.
PAISES QUE HAYAN SUSCRITO EL CONVENIO ANDRÉS BELLO
Los documentos deberán ser legalizados por vía diplomática. La legalización debe figurar sobre el documento original, antes de realizar la copia del mismo que se vaya a compulsar.
¿Cómo obtener la legalización de los documentos?
- Diligencia de reconocimiento de firmas. Se dirigirá con los documentos originales a la Autoridad competente en su país (generalmente Ministerio de Educación).
- Una vez obtenida la diligencia de reconocimiento de firmas, la persona interesada deberá dirigirse, con la misma documentación al Ministerio de Asuntos Exteriores del país de expedición de los documentos: dicha autoridad extenderá en el documento la correspondiente diligencia de legalización.
- Finalmente, deberá dirigirse a la Embajada o Consulado Español en el país de obtención del título para el reconocimiento de la firma contenida en la legalización del Ministerio de Asuntos Exteriores.
Los países miembros al convenio de Andrés Bello son:
Bolivia, Colombia, Cuba, Chile, Ecuador, España, Panamá, Paraguay, Perú y Venezuela
RESTO DE PAISES
Los documentos deberán ser legalizados por vía diplomática. La legalización debe figurar sobre el documento original, antes de realizar la copia que se vaya a compulsar.
¿Cómo obtener la legalización de los documentos?
- Diligencia de reconocimiento de firmas. Se dirigirá con los documentos originales a la Autoridad competente en su país (generalmente Ministerio de Educación).
- Una vez obtenida la diligencia de reconocimiento de firmas, la persona interesada deberá dirigirse, con la misma documentación al Ministerio de Asuntos Exteriores del país de expedición de los documentos: dicha autoridad extenderá en el documento la correspondiente diligencia de legalización.
- Finalmente, deberá dirigirse a la Embajada o Consulado Español en el país de obtención del título para el reconocimiento de la firma contenida en la legalización del Ministerio de Asuntos Exteriores.